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¿Cuáles son los tipos de despido e indemnizaciones en 2022?

Alberto Flores

En España existen diferentes tipos de despido e indemnizaciones en la actualidad. Y todos ellos pueden variar en función de la causa a la que se asocie. Objetivo, disciplinario, colectivo… Te contamos todo lo que necesitas saber sobre los tipos de despido y la indemnización que puede conllevar cada uno de ellos.

Si tomamos como referencia a la Real Academia Española (RAE), despedir a un trabajador es “deponer a alguien de su cargo, prescindir de sus servicios”. Una decisión que un empresario puede tomar de manera unilateral para acabar con la relación laboral que le une a sus trabajadores. Un proceso bastante habitual en España que cuenta con diferentes tipos de despido e indemnizaciones.

Tipos de despido en España

Aunque a fin de cuentas todos los despidos tienen el mismo final, existen muchas particularidades diferentes en función del tipo de despido que se trate. Actualmente en nuestro país podemos resumirlo todo en tres grandes tipos: objetivo, disciplinario y colectivo.

  • Despido objetivo: este tipo es el que se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización que le corresponde equivale a 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Despido disciplinario: este es el único tipo de despido que se produce debido al comportamiento del trabajador. Se puede recurrir a él debido a las faltas de asistencia injustificadas del empleado, a su indisciplina, al abuso de confianza, a la disminución de rendimiento voluntaria, entre otros comportamientos similares.
  • Despido colectivo: se puede hablar de despido colectivo cuando por causas técnicas, económicas, organizativas o de producción la relación laboral afecta a diez trabajadores en empresas con menos de 100 empleados, a un 10% de trabajadores en las que tengan entre 100 y 300, y a 30 empleados en las que tengan más de 300 trabajadores.

Cómo pueden ser los despidos

Tras producirse uno de los tipos de despido señalado anteriormente, el trabajador puede estar disconforme por esta situación. Por ello, dispone de un periodo de 20 días para impugnarlo judicialmente. En caso de no llegar a un acuerdo, será un juez el que dictamine si el despido se considera procedente, improcedente o nulo.

  • Procedente: es el que tiene lugar cuando el despido está correctamente justificado por el empresario y su proceso haya sido el adecuado.
  • Improcedente: si el empresario no es capaz de demostrar el incumplimiento por parte del trabajador se trata de un despido improcedente. En este caso el empleador puede readmitir al empleado en su puesto de trabajo o pagarle una indemnización de 45 días de sueldo por año trabajado si sus servicios son anteriores a 2012 o con 33 días si la fecha es posterior.
  • Nulo: si el despido se debe a discriminaciones o se estima que existe una violación de los derechos del trabajador, este se considera nulo. En este caso se debe readmitir al empleado y pagarle los salarios de tramitación, que son los que corresponden al tiempo desde el despido y la fecha de sentencia.